Seguro Oncológico

Siempre protegidos ante lo inesperado

Tranquilidad para ti y tu familia
Seguro Oncológico

Seguro Oncológico

El seguro oncológico tiene la cualidad de indemnizar cuando el asegurado es diagnosticado con alguna enfermedad cancerígena. Asimismo, cuenta con el servicio de asistencia médica para chequeos preventivos.
Asegurados
  • Todos los clientes de Caja Ica, que cumplan con la edad establecida de afiliación.
Coberturas
  • Indemnización por Primer Diagnóstico de Cáncer (*)
    • Suma asegurada S/ 16,000
    • Condiciones especiales: Carencia de 60 días.
  • Renta Hospitalaria por Cáncer (*) | Máx 180 días | Sin deducible
    • Suma asegurada S/ 50 x cada 24 horas de internamiento
    • Condiciones especiales: Carencia de 60 días.
  • Muerte de Cáncer
    • Suma asegurada S/ 3,000
    • Condiciones especiales: Sin carencia.

 

Servicio de Asistencia Salud – Oncológico

  • Orientación médica telefónica 24×7
    •  Tope Valor por Eventos: sin límite
    • Cantidad de Eventos Anuales: sin límite
    • Condiciones especiales: sin carencia
  • Orientación psicológica telefónica
    • Tope Valor por Eventos: sin límite
    • Cantidad de Eventos Anuales: sin límite
    • Condiciones especiales: sin carencia
  • Orientación nutricional telefónica
    • Tope Valor por Eventos: sin límite
    • Cantidad de Eventos Anuales: sin límite
    • Condiciones especiales: sin carencia
  • Estudio de prevención de cáncer para mujeres
    • Tope Valor por Eventos: sin límite
    • Cantidad de Eventos Anuales: sin límite
    • Condiciones especiales: sin carencia
  • Estudio de prevención de cáncer para hombres
    • Tope Valor por Eventos: sin límite
    • Cantidad de Eventos Anuales: sin límite
    • Condiciones especiales: sin carencia.
Condiciones
  • Costo del seguro: Precio anual S/ 60.
  • Medios de pago: cargo automático a la cuenta o efectivo.
Exclusiones

Para las 3 coberturas:

  • Tumores que presentan los cambios malignos característicos del carcinoma “in situ” o aquellos considerados por estudio histológico como “pre-malignos”, cáncer cervicouterino “in situ” y cáncer de próstata “in situ”.
  • Todos los carcinomas de la piel, carcinomas basocelulares, células escamosas, excepto cuando se trate de diseminación a otros órganos.
  • Sarcoma de Kaposi y otros tumores relacionados con la infección VIH o SIDA.
  • Toda enfermedad distinta al cáncer.
  • Todo cáncer cuyo “diagnóstico clínico” se haya iniciado con anterioridad a la contratación de la Póliza o duran- te el periodo de carencia.
  • Cualquier diagnóstico que no sea realizado por un médico legalmente habilitado para ejercer la profesión, debiéndose entender que se trata de un procedimiento médico al que se somete el ASEGURADO de manera voluntaria y en el cual éste tiene conocimiento de la situación irregular de la persona que lo practica o las circunstancias le permiten llegar a dicha conclusión.
  • Preexistencia; de conformidad con la definición de las Condiciones Generales de la Póliza.

 

Adicional, para renta hospitalaria

  • Hospitalización para el tratamiento de cualquier tipo de enfermedad que no sea Oncológica.
  • Internamiento en un lugar que no reúna los requisitos de una institución hospitalaria.
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